17.6.11

Plus de galerías comerciales en La Rioja

Los/las trabajadores/as de La Rioja estáis de enhorabuena. En vuestro convenio, el artículo 14 "Complementos y pluses" reconoce lo siguiente:

"Los trabajadores que desarrollan su actividad en centros de trabajo ubicados en las galerías comerciales, percibirán un plus consistente en el abono de cincuenta y cuatro con veintiocho euros (54,29euros) al mes, los doce meses del año.

La implantación progresiva de galerías comerciales, con horarios de apertura al público de hasta doce horas diarias, así como cada vez más festivos y domingos al año, implica de hecho una mayor dificultad para conciliar la vida laboral con la familiar y social.

Esto supone un perjuicio para los trabajadores. Es por ello que las partes firmantes de este convenio hemos acordado el establecimiento de este plus compensatorio.

Complemento de domingos o festivos

Los trabajadores afectados por el presente Convenio cuando presten servicio en alguno de los domingos o festivos autorizados y que hayan sido previstos en el calendario laboral anual como días laborables percibirán un complemento de tres con sesenta y un euros (3,61euros) por hora trabajada en dichos días.

El plus de galerías comerciales y el complemento de domingos o festivos se incrementarán en el porcentaje que se incrementen los salarios." 


Tienes derechos. ¡Exígelos!









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