Magnífico artículo en laboro sobre el permiso de lactancia. ¡Imprescindible!
Pinchad aquí para leerlo.
5.8.11
28.7.11
Nuevo despido en Internity
Una vez más, Internity, demuestra que detrás de esa imagen moderna y cercana que quiere dar a sus clientes no hay otra cosa que caciquismo empresarial y prácticas represivas hacia los trabajadores que defienden sus derechos.
Nuestra compañera Rocío, secretaria y delegada de nuestra sección sindical, fue despedida el pasado lunes tras ocho años trabajando para la empresa, cinco de los cuales ha venido ejerciendo como responsable de tienda.
De nada le ha servido a nuestra compañera Rocío el haber sido durante todos estos años una vendedora y una responsable ejemplar, como tantas veces ha reconocido la empresa. Los mismos que hace unas semanas la felicitaban por sus cifras de ventas y por el buen trabajo realizado son los que el pasado lunes le entregaron una carta de despido alegando “bajo rendimiento”.
Este despido, el segundo contra nuestra sección sindical, demuestra el miedo que tiene Internity a nuestro sindicato. El miedo que le dan lxs trabajadorxs que se plantan y defienden sus intereses. El miedo que le da tener en su plantilla a trabajadorxs que saben que en una relación laboral hay límites.
Lxs integrantes de esta sección sindical, junto con el resto de trabajadorxs de nuestro sindicato, no vamos a permitir que Internity se siga burlando de nosotrxs, por lo que hacemos un llamamiento a todxs lxs clientxs de esta empresa para que se solidaricen con nuestra compañera y con el resto de la plantilla y no compren productos en esta cadena de telefonía hasta que Internity aprenda a respetar a sus empleados.
¡BASTA DE REPRESIÓN SINDICAL!
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26.7.11
Domingos de apertura
El pasado 3 de julio fue festivo de apertura en la mayoría de centros comerciales del país. Lxs integrantes de la sección sindical, basándonos en el convenio colectivo, comunicamos a la empresa que solo acudiríamos a trabajar a nuestro centro de trabajo si la empresa lo consideraba necesario, ya que las horas extras (y los domingos que se trabajan lo son) son siempre voluntarias.
La empresa nos comunicó que no era necesario que efectuáramos esas horas extras, dándonos la razón en nuestro planteamiento. Este acto sin duda sirve de ejemplo al resto de trabajadoras y trabajadores de la plantilla que ven que cuando que es posible conseguir que se reconozcan nuestros derechos: tan solo hay que exigirlos.
La empresa nos comunicó que no era necesario que efectuáramos esas horas extras, dándonos la razón en nuestro planteamiento. Este acto sin duda sirve de ejemplo al resto de trabajadoras y trabajadores de la plantilla que ven que cuando que es posible conseguir que se reconozcan nuestros derechos: tan solo hay que exigirlos.
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25.7.11
INTERNITY reconoce despido represivo contra la CNT
Previo al juicio del despido de nuestra secretaria general en INTERNITY-AVENIR TELECOM, la empresa no pudo más que reconocer la motivación represiva del despido de nuestra compañera, así como la legitimidad de nuestra Sección Sindical y el carácter de representante sindical de nuestra delegada y secretaria despedida.
Entendemos que es un gran paso dado por la dirección de INTERNITY-AVENIR TELECOM a fin de respetar la libertad sindical y de asociación de los trabajadores de la empresa, y esperamos que esta actitud se mantenga para que las demandas de los trabajadores puedan expresarse como corresponde en una empresa moderna, sin miedo a represalias.
En ese sentido la Sección Sindical y el Sindicato continuará con su actividad, organizando y velando por los derechos y el trato digno de todas las trabajadoras en INTERNITY-AVENIR TELECOM, y exige a la Empresa que no ponga trabas a dicha actividad, que cumpla la ley y este receptiva a las demandas de los trabajadores, pues somos quienes generamos la riqueza de la compañía.
Animamos a las trabajadorxs a informarse, asociarse y defender sus derechos sin ningún miedo porque la CNT es una realidad legal y legítima en la Empresa.
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23.6.11
Reducción de jornada
Reducción de jornada
Artículo 37.5 del Estatuto de los Trabajadores
Artículo 37.5 del Estatuto de los Trabajadores
“Quienes por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de ocho años o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla.”
Si tenéis dudas sobre cómo ejercer este derecho u os habéis encontrado con amenazas y evasivas al intentar ejercerlo, poneos en contacto con la Sección y trataremos vuestro caso con los servicios jurídicos de la CNT.
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18.6.11
Manifestación 19-J
Las y los integrantes de la Sección Sindical de la CNT en Internity nos sumamos a la manifestación internacional del 19-J.
"El carrer es nostre. No pagarem la seva crisi".
"El carrer es nostre. No pagarem la seva crisi".
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Derechos de las madres trabajadoras
En Internity, la mayoría de la plantilla está formada por mujeres, sin embargo, es muy raro ver que las madres trabajadoras ejercemos los derechos que nos otorga la legislación laboral más allá de la baja por maternidad. Y si alguna mujer intenta ejercerlos enseguida la empresa actúa de manera represiva como tantas otras veces. Si la respuesta a una reducción de jornada no es el despido, es la amenaza y el chantaje con los compañeros/as. En una empresa con mayoría de trabajadoras este tipo de actuaciones demuestran una vez más lo poco que le importan a Internity nuestros derechos como mujeres, como madres y como trabajadoras.
Desde la Sección Sindical de CNT consideramos estas prácticas represivas como muy graves y por lo tanto las denunciaremos además de utilizar la acción sindical para erradicarlas.
Conscientes de que este tema es de vital importancia para la mayoría de nosotras, inauguramos pestaña nueva donde podréis encontrar toda la información que vayamos publicando al respecto.
LACTANCIA
Artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores
“Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiple.
La mujer, por su voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la
misma finalidad o acumularlo en jornadas completas en los términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo establecido en aquélla.
Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen."
Tienes derechos. ¡Exígelos!
Desde la Sección Sindical de CNT consideramos estas prácticas represivas como muy graves y por lo tanto las denunciaremos además de utilizar la acción sindical para erradicarlas.
Conscientes de que este tema es de vital importancia para la mayoría de nosotras, inauguramos pestaña nueva donde podréis encontrar toda la información que vayamos publicando al respecto.
LACTANCIA
Artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores
“Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiple.
La mujer, por su voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la
misma finalidad o acumularlo en jornadas completas en los términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo establecido en aquélla.
Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen."
Tienes derechos. ¡Exígelos!
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